Artículo 6. Requerimientos de información.
Artículo 6 del Real Decreto 65/2026, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas. · BOE-A-2026-2553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-05.
Texto consolidado
Para el logro de sus fines, la Agencia podrá solicitar a los ministerios y organismos públicos, a través de las Unidades de Coordinación de Evaluación, la información necesaria para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, y, en especial, para la elaboración de la Memoria del estado general de la institucionalización de la evaluación de las políticas públicas.