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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Seguros y garantías de la responsabilidad.

Artículo 6 del Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas. · BOE-A-2008-2112

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-07.

Texto consolidado

Las entidades organizadoras comprobarán que todos los propietarios de las embarcaciones que participen en el evento tienen asegurada la responsabilidad en los términos y con el alcance previstos en el Reglamento de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas, aprobado por el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, como requisito previo para participar en el mismo.

Alternativamente, dicha responsabilidad podrá garantizarse mediante la constitución de aval, a primer requerimiento y sin beneficio de excusión, con el alcance y las condiciones previstas por el reglamento anteriormente citado.

Así mismo, la responsabilidad podrá garantizarse mediante la suscripción de cualquier otro seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a las personas embarcadas y a terceros, siempre que la cobertura del seguro se exija por federaciones deportivas como requisito para participar en competiciones.

Los buques que se utilicen en régimen de alquiler, además de tener asegurada o garantizada su responsabilidad civil, deberán contar con un seguro de accidentes, y se aplicarán con carácter supletorio, para fijar su cuantía, los importes de las indemnizaciones previstas en el anexo del Reglamento del seguro obligatorio de viajeros, aprobado por Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre.

Tanto el seguro citado en el párrafo primero de este artículo o, en su defecto, el aval deberán indicar de forma expresa que se constituyen en aplicación de este reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-05-07.

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