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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Solicitud de la tarjeta profesional europea y creación de un expediente IMI.

Artículo 6 del Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI). · BOE-A-2017-6586

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-11.

Texto consolidado

La solicitud de la tarjeta profesional europea se llevará a cabo a través de la plataforma electrónica creada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/983 anteriormente citado. Dicha solicitud, que deberá venir acompañada de los documentos exigidos en el Anexo II de dicho Reglamento generará la creación de un expediente IMI. El expediente IMI se creará asimismo para todas las solicitudes realizadas por escrito de conformidad con la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-06-11.

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