Artículo 6. Designación de masas de agua artificiales o muy modificadas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-11.
Texto consolidado
1. Se designan 68 masas de agua muy modificadas: 27 de categoría río, 31 de categoría lagos, 4 de categoría de aguas de transición y 6 de categoría de aguas costeras –puertos–, que se relacionan en el apéndice 2.3.
2. Se designan 5 masas de agua artificiales de categoría río, todas asimilables a ríos. Estas masas de agua se relacionan en el apéndice 2.4.
3. Se designa 1 masa de agua artificial de categoría lago, asimilable a lago. Esta masa de agua se relaciona en el apéndice 2.4.
Más artículos de Real Decreto 35/2023
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