Artículo 6. Requisitos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-04.
Texto consolidado
Los requisitos que deben reunir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil deberán comprender:
a) Instalaciones.
b) Requisitos de titulación de los profesionales.
c) Relación numérica alumnado-profesor.
d) Otros requisitos que determine el Ministerio de Educación.
Más artículos de Real Decreto 1635/2009
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.