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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Organo competente para otorgar la concesión.

Artículo 6 del Real Decreto 1486/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico y de prestación del servicio de telecomunicación de valor añadido de telefonía móvil automática. · BOE-A-1994-16523

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-16.

Texto consolidado

Corresponde la convocatoria y adjudicación del concurso para el otorgamiento de la concesión al Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, cuyos acuerdos ponen fin a la vía administrativa, siendo susceptibles de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto por la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-16.

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