Artículo 6. Órganos rectores.
Artículo 6 del Real Decreto 1162/2002, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Construcción y Electricidad. · BOE-A-2002-22542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-21.
Texto consolidado
Los órganos rectores del COICE serán:
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno y su Comisión Permanente.
c) El Decano.