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Real Decreto Vigente

Artículo 6.

Artículo 6 del Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección. · BOE-A-1989-22056

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-09-13.

Texto consolidado

Cualquier otro acto de persecución, muerte o captura de especies distintas o en condiciones diferentes a las definidas en el presente Real Decreto, requerirá una autorización excepcional y expresa del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-09-13.

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