Artículo 6. Titulares iniciales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-02.
Texto consolidado
Los titulares iniciales del derecho a percibir un determinado porcentaje de la facturación mensual por tarifas de suministro y tarifas de acceso a las redes para financiar el desajuste de ingresos de las actividades reguladas en el año 2005 son los siguientes:
Titular
Porcentaje
Importe
–
(miles euros)
Iberdrola, S. A
35,01
1.341.039,65
Unión Fenosa Generación, S. A
12,84
491.829,45
Hidroeléctrica del Cantábrico, S. A.
6,08
232.891,21
Endesa, S. A.
44,16
1.691.525,59
Elcogás, S. A.
1,91
73.161,55
Total
100,00
3.830.447,45
Más artículos de Orden ITC/2334/2007
- ← Artículo 5. Cesión del derecho de cobro.
- → Artículo 7. Titulares sucesivos.
- Ver la norma completa: Orden ITC/2334/2007, de 30 de julio, por la que se desarrolla el Real Decreto 809/2006, de 30 de junio, por el que se revisa la tarifa eléctrica a partir del 1 de julio de 2006, en lo referente al derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas del ejercicio 2005 y su régimen de cesión.