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Orden Vigente

Artículo 6. Retirada de las distinciones.

Artículo 6 de la Orden ISM/230/2023, de 6 de marzo, por la que se regula el sistema de reconocimiento de méritos en materia de inclusión y migraciones. · BOE-A-2023-6188

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-10.

Texto consolidado

En el caso de que alguna persona o entidad reconocida cometiera algún acto contrario a los méritos reseñados en el artículo 2, se le privará, a propuesta e instrucción de los órganos previstos en el artículo 4, por resolución de la persona titular del departamento, de la referida distinción mediante expediente en el que será oído el interesado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La resolución por la que se retira la distinción será notificada individualmente al interesado en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, preferentemente por medios electrónicos conforme a lo establecido en el artículo 41.1 de la misma ley. Asimismo, la citada resolución se difundirá a través de la página web del departamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-10.

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