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Orden Vigente

Artículo 6. Difusión de los productos de datos geográficos digitales para la Administración General del Estado y Administraciones integradas en el Sistema Cartográfico Nacional.

Artículo 6 de la Orden FOM/2807/2015, de 18 de diciembre, por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. · BOE-A-2015-14129

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-27.

Texto consolidado

1. El IGN y el CNIG mantendrán servicios de información geográfica especializados, a través de Internet, para la disposición, análisis y procesamiento en línea de los productos de datos geográficos digitales producidos por el IGN para las Administraciones Públicas.

2. A este efecto, habilitarán los recursos necesarios para garantizar su disponibilidad para las distintas unidades de la Administración General del Estado y de las Administraciones integradas en el Sistema Cartográfico Nacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-27.

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