Artículo 6.
Artículo 6 de la Orden de 13 de marzo de 1984 por la que se establecen las normas de aplicación de las prestaciones sociales y económicas reguladas por el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero. · BOE-A-1984-6855
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-11.
Texto consolidado
La resolución que se dicte será notificada al interesado, quien, en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a aquel en que reciba la notificación, podrá presentar reclamación por escrito contra ella, formulando las alegaciones y aportando las pruebas que estime pertinente.
Dicha reclamación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo, no tendrá la consideración de recurso.