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Ley Foral Vigente

Artículo 6. Red de Transfusión y de Células y Tejidos Humanos de Navarra.

Artículo 6 de la Ley Foral 1/2013, de 30 de enero, por la que se crea y se regula el Banco de Sangre y Tejidos de Navarra. · BOE-A-2013-2253

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-12.

Texto consolidado

La Red de Transfusión y de Células y Tejidos Humanos de Navarra estará compuesta por:

1. El Banco de Sangre y de Tejidos de Navarra.

2. Los servicios de transfusión de los centros hospitalarios públicos o privados.

3. Las unidades hospitalarias de obtención y/o implantación de tejidos humanos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-02-12.

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