Artículo 6. Consignaciones presupuestarias.
Artículo 6 de la Ley 7/2015, de 2 de abril, de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
La Administración de la Generalitat consignará en sus presupuestos anuales partidas destinadas a fomentar adecuadamente la participación y colaboración institucionales de las organizaciones sindicales y empresariales, en los términos expresados en el artículo 1 de la presente ley. Las citadas partidas deberán reflejar expresamente dicha finalidad, y serán distribuidas, asignadas y gestionadas en los términos y condiciones de la presente ley y de su normativa de desarrollo.
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