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Ley Vigente

Artículo 6. Reclamación previa a la vía judicial civil.

Artículo 6 de la Ley 6/2001, de 29 de junio, de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-2001-14560

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-13.

Texto consolidado

La reclamación se presentará ante el Conselleiro competente por razón de la materia objeto de la reclamación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-13.

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