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Ley Derogada

Artículo 6. Las garantías.

Artículo 6 de la Ley 6/2000, de 19 de junio, de pensiones periódicas. · BOE-A-2000-14143

Atención: Ley 6/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El censal puede garantizarse con fianza o hipoteca y puede contener pacto de mejora para garantizarlo o mejorar la garantía que se hubiese establecido.

2. Las hipotecas constituidas en garantía del censal no prescriben mientras no prescriba éste. Sin embargo, puede pactarse la extinción de la hipoteca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-09-04.

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