Artículo 6. Principios básicos de actuación.
Artículo 6 de la Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4973
Atención: Ley 4/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los miembros de los Cuerpos de Policía Local ajustarán su actuación a los principios básicos establecidos en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.