Artículo 6. Importe del ingreso canario de emergencia (ICE).
Artículo 6 de la Ley 3/2020, de 27 de octubre, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de modificación de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de servicios sociales de Canarias. · BOE-A-2020-14545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-04.
Texto consolidado
El importe de esta prestación será el 150% de las cuantías previstas en el artículo 14 de esta ley, y se tendrán en cuenta las cuantías asignadas por número de personas integrantes de la unidad de convivencia para una mensualidad.
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