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Ley Vigente

Artículo 6. Montes públicos y montes privados.

Artículo 6 de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal. · BOE-A-2005-393

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-03.

Texto consolidado

1. Por razón de su titularidad los montes enclavados en el Principado de Asturias pueden ser públicos o privados.

2. Son montes públicos los pertenecientes al Estado, al Principado de Asturias, a las entidades locales y a otras entidades de derecho público.

3. Son montes privados los pertenecientes a personas físicas o jurídicas de derecho privado, ya sea individualmente o en régimen de copropiedad.

4. Los montes vecinales en mano común tienen naturaleza especial derivada de su propiedad en común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-03-03.

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