Artículo 6. Propiedad de los ejemplares de especies objeto de pesca.
Artículo 6 de la Ley 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales. · BOE-A-2010-733
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-19.
Texto consolidado
1. Los diferentes ejemplares de especies objeto de pesca son res nullius mientras se encuentren en el ecosistema acuático continental.
2. La propiedad de los ejemplares de especies objeto de pesca se adquiere por ocupación, siempre que se respete lo dispuesto por la presente ley y sus disposiciones de desarrollo.