Artículo 6. Información relevante.
Artículo 6 de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública. · BOE-A-2015-472
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-20.
Texto consolidado
1. Los datos sobre la misión de la entidad, la estructura directiva y de gobierno y los resultados de las actividades realizadas son información relevante.
2. Puede formar parte de la información relevante la información relativa a:
a) Los fines de las entidades y sus actividades.
b) Las principales líneas estratégicas de actuación.
c) Los estatutos, la composición de los órganos de gobierno y del equipo directivo, y la estructura organizativa.
d) La web y las direcciones de correo postal y electrónico a las que puede dirigirse el público en general.
e) El programa y la memoria anual de actividades.
f) El colectivo de beneficiarios atendidos.
g) Los estados financieros, las auditorías, si proceden, y la memoria económica.
h) El código de buen gobierno y buenas prácticas de gestión.
i) El balance social.
j) El informe de gobierno corporativo.
k) El informe anual del código de conducta.
l) Los concursos, los contratos y las licitaciones.
m) Las demás cuestiones que establezcan las leyes.