Artículo 6. Principio de transparencia.
Artículo 6 de la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera. · BOE-A-2011-12506
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-30.
Texto consolidado
La elaboración, ejecución y liquidación de los presupuestos de los agentes incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley reflejarán información completa y detallada de sus operaciones, de tal forma que permita una valoración fidedigna de su situación financiera y de la adecuación al principio de estabilidad presupuestaria y a la observancia de las obligaciones impuestas por las normas comunitarias en materia de contabilidad nacional y regional.