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Ley Vigente

Artículo 5. Principio de plurianualidad.

Artículo 5 de la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera. · BOE-A-2011-12506

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-30.

Texto consolidado

La elaboración de los presupuestos de los agentes incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley se enmarcará en un escenario plurianual compatible con el principio de anualidad por el que se rige la aprobación y ejecución presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-30.

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