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Ley Derogada

Artículo 6. Presunción de veracidad.

Artículo 6 de la Ley 2/2011, de 1 de marzo, de autoridad del profesor y de la convivencia en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2011-4950

Atención: Ley 2/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el ejercicio de las competencias disciplinarias, y en el seno de las actuaciones sustanciadas al efecto, los hechos constatados por los directores y demás miembros de los órganos de gobierno, así como por los profesores de los centros docentes públicos y centros privados concertados, gozarán de presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en documento que cumpla con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-08.

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