El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 6. Ejecución.

Artículo 6 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. · BOE-A-1994-7556

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-04-04.

Texto consolidado

La entidad subrogada deberá presentar para la ejecución de la hipoteca, además de su primera copia auténtica inscrita de la escritura de subrogación, el título de crédito, revestido de los requisitos que la Ley de Enjuiciamiento Civil exige para despachar ejecución. Si no pudiese presentar el título inscrito, deberá acompañar, con la copia de la escritura de subrogación, certificación del Registro que acredite la inscripción y subsistencia de la hipoteca.

La ejecución de la hipoteca se ajustará a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley Hipotecaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-04-04.

Más artículos de Ley 2/1994

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.