Artículo 6. Composición.
Artículo 6 de la Ley 1/2018, de 8 de febrero, de diálogo social y participación institucional en Aragón. · BOE-A-2018-5002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-22.
Texto consolidado
1. La Mesa del Diálogo Social será presidida por el titular del departamento del Gobierno de Aragón competente en materia laboral y tendrá como vocales un representante con el máximo rango de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Aragón.
2. La Mesa del Diálogo Social estará asistida por un/a secretario/a, que participará en las reuniones con voz pero sin voto.