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Ley Vigente

Artículo 6. Ámbito territorial de actuación.

Artículo 6 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2018-7516

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-01.

Texto consolidado

Los Cuerpos de policía local actuarán ordinariamente en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en los supuestos previstos en los artículos 30 y 31.3 de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-01.

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