Artículo 6. Competencia de los órganos de la Comunidad Autónoma.
Artículo 6 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
En materia de ejercicio físico y deporte corresponde a los órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en el ámbito territorial de esta, el ejercicio de las competencias que en esta materia son atribuidas en exclusividad a la Comunidad por el Estatuto de Autonomía de La Rioja, todo ello sin perjuicio de los supuestos de delegación previstos en la presente ley.