Artículo 6. Dotación presupuestaria.
Artículo 6 del Decreto-ley 2/2021, de 12 de enero, de ayudas extraordinarias en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19. · BOE-A-2021-4243
Atención: Decreto-ley 2/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
6.1 El importe máximo correspondiente al pago de esta ayuda en sus diferentes modalidades, para el ejercicio 2021, es de 6.000.000,00 de euros. En la convocatoria de la ayuda se determina la distribución del crédito entre las modalidades que establece el artículo 2. El crédito no agotado en una modalidad se puede traspasar a cualquiera de las otras dos.
6.2 El importe máximo destinado a esta ayuda se puede ampliar mediante resolución de la persona titular del órgano concedente, de acuerdo con el crédito disponible en la partida presupuestaria.
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