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Circular Vigente

Artículo 6. Costes que incluyen los peajes de la actividad de transporte.

Artículo 6 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural. · BOE-A-2020-8556

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-26.

Texto consolidado

1. Los peajes de la actividad de transporte incluirán los siguientes conceptos:

a) La retribución anual de la red de transporte, establecida en la correspondiente Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

b) Las revisiones, en su caso, de la retribución anual de la red de transporte correspondientes a ejercicios anteriores.

c) Las diferencias entre los ingresos inicialmente previstos y los ingresos reales que resulten de la aplicación de los peajes de la actividad de transporte correspondiente a ejercicios anteriores.

d) Las compensaciones por interrumpibilidad abonadas a los usuarios de red correspondientes a ejercicios anteriores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.

e) Otros ingresos o costes liquidables imputables según se establezca en la normativa vigente, diferentes de los anteriores.

2. En la determinación de los peajes de la actividad de transporte se incluirán, en su caso, las primas obtenidas en las subastas de capacidad de los puntos de entrada y puntos de salida de la red de transporte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-26.

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