Artículo 6 bis. Bonificación en la cuota en las adquisiciones mortis causa.
Artículo 6 bis de la Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-2340
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-24.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado..
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