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Real Decreto Vigente

Artículo 59. Ayuda financiera.

Artículo 59 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. · BOE-A-2022-17475

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

Texto consolidado

1. La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50 % de los gastos subvencionables, tal y como se establece en el artículo 59.7 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.

2. La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5 % del presupuesto total destinado a la intervención de promoción, contemplado en la ficha financiera de la Intervención Sectorial Vitivinícola para el ejercicio financiero correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

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