Artículo 59. Reglamento General.
Artículo 59 del Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. · BOE-A-2001-4294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-04.
Texto consolidado
1. En el marco de lo dispuesto por la Ley de Colegios Profesionales y los presentes Estatutos, y para su desarrollo y aplicación se elaborará un Reglamento General, aplicable en todo el ámbito del Estado español.
2. Será elevado por el Consejo, previo informe de las zonas, a la Asamblea General.
3. Los mismos trámites y requisitos se exigirán para su modificación o derogación.