Artículo 59. Relaciones con la Administración General del Estado.
Artículo 59 del Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2005-2529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-17.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo General servir de cauce de relación entre los Colegios de Agentes Comerciales o sus Consejos Autonómicos y la Administración General del Estado, a través del órgano competente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a la que comunicará la composición de los órganos de gobierno de estas Corporaciones.