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Ley Vigente

Artículo 59. Participación del usuario en la financiación de los servicios y recursos.

Artículo 59 de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1626

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-02.

Texto consolidado

Las personas con discapacidad podrán participar en la financiación de los recursos y servicios de la red pública de atención a personas con discapacidad en función de su capacidad económica con el fin de garantizar su sostenibilidad, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-02.

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