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Ley Vigente

Artículo 59. Sujetos responsables.

Artículo 59 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

Texto consolidado

1. A los efectos de esta ley, se considerarán responsables de las infracciones reguladas en los artículos 61, 62 y 63 a las personas, que resulten obligadas a suscribir las declaraciones responsables y comunicaciones requeridas en el marco de un procedimiento administrativo competencia de la Administración regional, así como a los que por acción u omisión realicen hechos constitutivos de infracción recogidos en este título.

2. Se considerarán responsables de las infracciones reguladas en los artículos 66, 67 y 68 a las entidades colaboradoras de la Administración regional.

3. Cuando existieran varias personas responsables, responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan. No obstante, cuando la sanción sea pecuniaria y ello sea posible, se individualizará en la resolución en función del grado de participación de cada persona responsable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

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