Artículo 59. Sujetos responsables.
Artículo 59 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
1. A los efectos de esta ley, se considerarán responsables de las infracciones reguladas en los artículos 61, 62 y 63 a las personas, que resulten obligadas a suscribir las declaraciones responsables y comunicaciones requeridas en el marco de un procedimiento administrativo competencia de la Administración regional, así como a los que por acción u omisión realicen hechos constitutivos de infracción recogidos en este título.
2. Se considerarán responsables de las infracciones reguladas en los artículos 66, 67 y 68 a las entidades colaboradoras de la Administración regional.
3. Cuando existieran varias personas responsables, responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan. No obstante, cuando la sanción sea pecuniaria y ello sea posible, se individualizará en la resolución en función del grado de participación de cada persona responsable.