Artículo 59. Presentación de compromisos.
Artículo 59 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. · BOE-A-2007-12946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-01.
Texto consolidado
1. Cuando de una concentración puedan derivarse obstáculos para el mantenimiento de la competencia efectiva, las partes notificantes, por propia iniciativa o a instancia de la Comisión Nacional de la Competencia, podrán proponer compromisos para resolverlos.
2. Cuando se propongan compromisos, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento se ampliará en 10 días en la primera fase y 15 días en la segunda fase.
3. Los compromisos propuestos por las partes notificantes podrán ser comunicados a los interesados o a terceros operadores con el fin de valorar su adecuación para resolver los problemas para la competencia derivados de la concentración así como sus efectos sobre los mercados.