Artículo 58. Servicios generales del Colegio.
Artículo 58 del Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación. · BOE-A-2006-7681
Atención: Real Decreto 418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios generales del Colegio se estructuran de la siguiente forma:
a) Preparación y aplicación de los acuerdos de la Junta de Gobierno, referentes al ejercicio de la profesión.
b) El servicio técnico que atenderá las cuestiones específicas del ejercicio profesional de Ingeniero Técnico de Telecomunicación.
c) Otros servicios que atenderán a la ordenación y asesoramiento de la profesión, así como a las funciones administrativa, económica y jurídica, entre otras.