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Real Decreto Vigente

Artículo 58. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.

Artículo 58 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control. · BOE-A-2022-23048

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Texto consolidado

1. Se concederá una ayuda a los agricultores que produzcan tomates con destino a industria siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente subsección.

2. El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de tomate para transformación en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar el mantenimiento del complejo agroalimentario productor y transformador, en las zonas donde se concentra.

3. La dotación presupuestaria de esta medida es la que se indica en el anexo XIX del presente real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

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