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Ley Vigente

Artículo 58. Infracciones administrativas.

Artículo 58 de la Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10026

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-05.

Texto consolidado

1. Constituye infracción administrativa en materia de calidad y conformidad de la producción y comercialización agroalimentarias y de control agroalimentario cualquier acción u omisión, dolosa o culposa, tipificada por la presente ley o demás disposiciones legales de aplicación.

2. Las infracciones tipificadas se clasifican en leves, graves o muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-05.

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