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Ley Derogada

Artículo 58. Sobre el Reglamento de Financiación Local para el Plan Concertado.

Artículo 58 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1997-18195

Atención: Ley 5/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con la finalidad de establecer un marco de financiación estable y suficiente, el Plan de Servicios Sociales establecerá las condiciones de concertación económica plurianual entre la Administración de la Generalidad y las entidades locales para el desarrolla de los Servicios Sociales Generales y Especializados gestionados por éstas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-08-04.

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