Artículo 58.
Artículo 58 de la Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural. · BOE-A-1989-21773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-09-10.
Texto consolidado
Son órganos de la Comisión Regional del Banco de Tierras, con la composición y funciones que se señalan en esta Ley:
a) El Consejo.
b) El Gerente.
c) El Secretario.