Artículo 58. Fomento del asociacionismo.
Artículo 58 de la Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria. · BOE-A-2025-14604
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria fomentará las medidas normativas, formativas y de provisión de recursos necesarios para la promoción del asociacionismo juvenil, en coordinación con las Entidades Locales, el Consejo de la Juventud de Cantabria, los Consejos Territoriales de Juventud y el movimiento asociativo juvenil.