Artículo 58.
Artículo 58 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1983-16452
Atención: Ley 1/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Consejerías, sus Servicios y Dependencias se ubicarán en las distintas islas del Archipiélago, de acuerdo con criterios de descentralización y desconcentración.