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Ley Derogada

Artículo 58.

Artículo 58 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1983-16452

Atención: Ley 1/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las Consejerías, sus Servicios y Dependencias se ubicarán en las distintas islas del Archipiélago, de acuerdo con criterios de descentralización y desconcentración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-04-30.

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