Artículo 57. Disposiciones generales.
Artículo 57 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
1. Las personas miembros del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales y de las Juntas de Gobierno de los Colegios de Protésicos Dentales están sujetos a responsabilidad disciplinaria en el caso de infracción de sus deberes por razón del cargo, sin perjuicio de su responsabilidad como protésicos dentales.
2. Las sanciones o correcciones disciplinarias que se impongan a las mismas se harán constar en el expediente personal de éste.