Artículo 57. Modificación de Estatutos.
Artículo 57 del Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes. · BOE-A-1979-3121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-22.
Texto consolidado
Para la modificación de los presentes Estatutos será preciso el acuerdo de las dos terceras partes del Pleno del Consejo General y su aprobación por los Organismos competentes.