Artículo 57. Responsabilidad de padres o tutores y empresarios.
Artículo 57 de la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales. · BOE-A-2002-15998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-01.
Texto consolidado
1. Las responsabilidades a que haya lugar por daños causados por menores serán exigibles a los padres o tutores o a quienes estén encargados de su custodia.
2. Los empresarios o empleadores responderán por los daños causados por sus empleados.