Artículo 57. Extinción.
Artículo 57 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.
Texto consolidado
La garantía para menores acogidos se extinguirá por las siguientes causas:
a) Cese efectivo de la convivencia con la familia acogedora o fin de la medida de protección.
b) Mayoría de edad o emancipación.
c) Fallecimiento del menor o de la persona acogedora, en caso de familias monoparentales.
d) Incumplimiento de las obligaciones inherentes al acogimiento.
e) No aplicación de la prestación a la finalidad para la que fue concedida.
f) Falsedad u ocultación de datos determinantes para la concesión de la prestación.