Artículo 57. Publicidad de las sanciones.
Artículo 57 de la Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la infancia de la Región de Murcia. · BOE-A-1995-13297
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-02.
Texto consolidado
Las Resoluciones firmes de imposición de sanciones graves y muy graves podrán ser publicadas en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» en los términos reglamentarios que se establezca.