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Ley Vigente

Artículo 57. Plataforma de Gobernanza de Datos.

Artículo 57 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa. · BOE-A-2021-4247

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón pondrá en marcha la Plataforma de Gobernanza de Datos, que operará con los datos que gestionen los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en sus sistemas de información.

2. Los titulares de los órganos administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón deberán poner a disposición los datos de sus sistemas de información tanto para su integración con el Sistema de Verificación y Consulta de Datos que integra con la Plataforma de Intermediación estatal como para su acceso por parte de los diferentes órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a través de la Plataforma de Datos de Aragón en el momento en el que esté operativa.

3. Los datos interoperados a través de la Plataforma de Gobernanza de Datos se pondrán a disposición de sus titulares a través del espacio personal de relación de la sede electrónica de la Administración pública de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

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